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Elecciones 2026: solo pueden detener a los candidatos en flagrante desde este sábado

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MRPor Marina Rocha•19 de septiembre de 2026•Fuentes: EXAME, G1

Desde este sábado (19), los candidatos de las elecciones brasileñas de 2026 solo pueden ser detenidos en caso de flagrancia delictiva. La restricción proviene del artículo 236 del Código Electoral y se extiende hasta 48 horas después de la primera vuelta, prevista para el 4 de octubre. Según G1, ningún candidato podrá ser apresado entre el 19 de septiembre y el 6 de octubre, salvo que sea sorprendido cometiendo un delito.

La protección comienza 15 días antes de la votación y vuelve a regir en la segunda vuelta, programada para el 25 de octubre. Los candidatos que avancen estarán protegidos del 10 al 27 de octubre, con la misma excepción. Según G1, la norma busca preservar la igualdad entre los competidores e impedir que las detenciones se usen para influir en el resultado.

"La previsión tiene un origen histórico. La ley pretende evitar la intervención política en el proceso electoral por medio de prisiones arbitrarias", afirma Bruno Rangel Avelino, abogado especialista en derecho electoral, a EXAME. En su lectura, las investigaciones y los procesos siguen su curso; solo quedan restringidas la prisión y la detención durante el período fijado por la ley.

Cuándo aún se puede detener

El Código Procesal Penal brasileño define la flagrancia como el sospechoso sorprendido cometiendo un delito, perseguido inmediatamente después o hallado poco después con objetos que hagan presumir su autoría. Entre los delitos electorales que pueden llevar a una detención inmediata están la compra de votos y la boca de urna, la campaña frente a las urnas el día de la elección, según G1. Detenido en flagrancia, el candidato debe ser llevado de inmediato ante un juez, que evaluará la legalidad de la prisión. La detención no le quita por sí sola el derecho a competir: la inelegibilidad depende de una condena de órgano colegiado o de una decisión firme.

Las órdenes de detención emitidas antes de este sábado siguen vigentes, aunque su cumplimiento puede retrasarse en la práctica, dice Avelino. "La regla puede perjudicar el cumplimiento de las órdenes de prisión. Sin embargo, la ley vigente considera más relevante, en el conjunto normativo, la protección del proceso electoral por un período determinado", afirma.

Protección menor para los electores

Los electores también tienen un blindaje similar, pero más corto: los cinco días previos a la votación y las 48 horas posteriores, del 29 de septiembre al 6 de octubre en la primera vuelta y del 20 al 27 de octubre en la segunda. La ley admite tres excepciones: flagrancia delictiva, condena penal definitiva por delito no afianzable y desacato a un salvoconducto expedido por la Justicia Electoral. Los meseros y los fiscales de partido quedan protegidos solo mientras actúan en las mesas de votación. El blindaje de los candidatos termina el 6 de octubre; quienes pasen a la segunda vuelta lo recuperan del 10 al 27 de octubre.

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