El Tribunal Regional Electoral de São Paulo (TRE-SP) revirtió este martes (25), por 5 votos a 1, una de las decisiones que habían condenado al empresario Pablo Marçal a ocho años de inelegibilidad. La corte declaró improcedente una acción presentada por el PSB y descartó las acusaciones de abuso de poder y uso indebido de los medios de comunicación durante la campaña de 2024, cuando Marçal disputó la alcaldía de São Paulo por el PRTB, según G1 y CNN Brasil.
La decisión no cambia la situación electoral del empresario, a quien CNN Brasil describe como candidato a la Presidencia en 2026. Marçal sigue inelegible por otra condena, mantenida por el TRE-SP en diciembre de 2025 en el proceso que investigó la realización de un "concurso de cortes" para redes sociales durante la campaña. Todavía cabe recurso ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), la máxima corte electoral de Brasil.
La acción juzgada este martes fue presentada por el directorio municipal del PSB, que señaló diez supuestas irregularidades cometidas por Marçal en la elección municipal. En primera instancia, la Justicia Electoral reconoció dos hechos: la difusión, en redes sociales, de contenidos que cuestionaban el proceso electoral y la imparcialidad de la Justicia Electoral, además de ataques a adversarios, y un sitio web del entonces candidato que, según la acusación, incentivaba a los electores a imprimir materiales de campaña y a burlar las reglas de recaudación y gastos electorales.
El juez Regis de Castilho, cuyo voto fue seguido por la mayoría, entendió que las declaraciones de Marçal no representaron una amenaza al funcionamiento de la Justicia Electoral.
"Hay una insatisfacción y el ejercicio del derecho de manifestación en relación con el funcionamiento del Poder Judicial. No hay en el sistema jurídico, incluso en la Constitución Federal, ninguna línea que impida críticas al Poder Judicial, así como el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo pueden ser ampliamente criticados. Las decisiones del Poder Judicial pueden, sí, ser criticadas", afirmó el juez, según CNN Brasil.
El voto de Castilho fue acompañado por los desembargadores Roberto Maia y Mairan Maia Junior y por las juezas Cláudia Bedotti y Danyelle Galvão. El relator original de la acción, el juez Cláudio Langroiva, defendió el mantenimiento de la condena y quedó vencido. Para él, las declaraciones de Marçal superaron los límites de la libertad de expresión al difundir información falsa y atacar instituciones democráticas. Según G1, Langroiva afirmó que el uso de términos como "dictadura" y "censura", sumado al alcance del entonces candidato en las redes sociales, podría comprometer la confianza en el sistema electrónico de votación. Sobre el sitio web de impresión de materiales, los dos jueces coincidieron en que no había pruebas suficientes para caracterizar recaudación o gasto irregular de recursos, ni abuso de poder económico.
Otros procesos
En noviembre de 2025, el TRE-SP ya había revertido otra condena de Marçal a la inelegibilidad, en una acción presentada por el PSB y por el entonces candidato a alcalde Guilherme Boulos. El proceso investigaba la sospecha de venta de apoyo a candidatos a concejal a cambio de pagos vía Pix, el sistema de pagos instantáneos de Brasil. Los recursos de aclaración fueron rechazados en febrero, y el caso sigue para análisis de recurso especial en el TSE, según CNN Brasil.
La condena que mantiene a Marçal inelegible, relativa al "concurso de cortes" que estimulaba la producción y la difusión de videos con declaraciones del entonces candidato, fue confirmada por la corte en diciembre de 2025, con una multa de R$ 420.000 por desacato de orden judicial. Los recursos de aclaración fueron rechazados el 5 de agosto. El próximo paso del proceso es el recurso ante el TSE, todavía pendiente. La decisión de este martes también admite recurso.