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El TSE forma mayoría para librar a Flávio Bolsonaro de multa por video con IA de su padre

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CFPor Camila Ferreira•2 de septiembre de 2026•Fuentes: Poder360, G1, GZH

A fines de julio, cuando la convención nacional del Partido Liberal confirmó a Flávio Bolsonaro como candidato presidencial, una pantalla del evento trajo al escenario un rostro ausente: la imagen y la voz del expresidente Jair Bolsonaro, recreadas con inteligencia artificial. Este martes (1º), el Tribunal Superior Electoral (TSE), la máxima corte electoral de Brasil, formó mayoría para rechazar la aplicación de una multa al senador por la exhibición de ese video, según el portal G1.

Cuatro ministros entendieron que no hubo violación de las normas electorales porque el video se mostró en un evento cerrado del partido. La mayoría siguió el voto del presidente de la corte, el ministro Kássio Nunes Marques, en contra de la sanción.

El video y la denuncia

La discusión llegó al TSE a través de una acción de la Federación Brasil de la Esperanza, integrada por el PT, el PCdoB y el PV, que cuestionó el video exhibido en la convención del PL, realizada el 25 de julio, según el portal Poder360. En la grabación, la imagen del expresidente afirma estar "preso y callado por una decisión arbitraria", dice que "ninguna prisión va a callar el sentimiento de esperanza" y pide a los simpatizantes que reciban a Flávio Bolsonaro "con los brazos abiertos" como candidato a la Presidencia.

En aquel momento, la campaña de Flávio Bolsonaro sostuvo ante el tribunal que el uso de la inteligencia artificial fue informado al público y que el material no era una presencia física, una transmisión en vivo ni una grabación auténtica, según informa GZH. Sus abogados argumentaron que el video no encaja en el concepto de deepfake de la Justicia Electoral y compararon el recurso tecnológico con máscaras, muñecos y otras formas de representación usadas en campañas.

Lo que pesó en la decisión

Para el presidente del TSE, el hecho de que una convención partidaria se transmita por internet y alcance un público mayor no convierte la manifestación en un pedido de votos dirigido al electorado. El ministro citó el artículo 36-A de la Ley 9.504/1997, que reserva espacio para la divulgación de precandidaturas y el pedido de apoyo político.

"Es natural que los dirigentes partidarios busquen convencer a los convencionados sobre las decisiones políticas que se van a tomar. Por esa razón, la manifestación de apoyo político dirigida a los integrantes de la agrupación no se confunde necesariamente con propaganda dirigida al electorado (...), siempre que no haya pedido explícito de voto"

El fallo también marca la pauta para la inteligencia artificial en las elecciones de este año. Según GZH, la corte aprovecha el caso para definir parámetros sobre IA y deepfakes que orientarán decisiones futuras de la Justicia Electoral. La resolución electoral vigente ya prohíbe el uso de contenidos sintéticos de audio o video capaces de crear, sustituir o alterar la imagen o la voz de personas vivas, fallecidas o ficticias para favorecer o perjudicar candidaturas. El rostro sintético que abrió la convención del PL, un expresidente generado por código, no recibirá multa, en la lectura de la mayoría del tribunal.

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