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Estudio halla 2.162 donaciones inconstitucionales de inmuebles públicos a iglesias

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En muchas ciudades brasileñas, el terreno de la iglesia de la plaza antes pertenecía a la municipalidad. Un levantamiento inédito midió esa práctica a escala nacional: 4.802 normas municipales aprobadas entre 1995 y 2025 transfieren la propiedad o el uso de inmuebles públicos a instituciones religiosas. El estudio es del Observatório do Estado Laico (Observatorio del Estado Laico, OEL) y lo difundió el domingo la columna de Mônica Bergamo, del diario Folha de S.Paulo, con reportaje de Jullia Gouveia.

En la práctica, las transferencias aparecen como leyes y decretos que donan terrenos, lotes o edificios a parroquias e iglesias, o les ceden el uso de esos bienes. Cada norma depende de las cámaras municipales y de los alcaldes. El levantamiento catalogó normas de todo el país emitidas en los últimos 30 años.

Por qué el estudio habla de inconstitucionalidad

Del total de normas identificadas, 2.162, el equivalente al 45%, prevén un uso exclusivamente religioso del inmueble. Para el OEL, esos casos son incompatibles con la Constitución porque representan financiamiento público de cultos religiosos e iglesias. La Carta de 1988 prohíbe, en el artículo 19, que la Unión, los estados y los municipios establezcan cultos religiosos o iglesias, los subvencionen o mantengan con ellos relaciones de dependencia o alianza.

El OEL es una organización dedicada a monitorear la relación entre el poder público y la religión. Según el grupo, recopila y analiza leyes, decretos y otros actos normativos en los tres niveles de la federación brasileña para identificar patrones de privilegio o trato desigual entre el Estado y los grupos religiosos. Las donaciones de bienes públicos a iglesias figuran entre las violaciones que el observatorio sigue. Entre los investigadores vinculados al grupo están la abogada Meliza Franco, doctora en Derecho del Estado por la USP y directora ejecutiva, el economista Raphael Corbi, profesor titular de la FEA-USP, y el juez federal Renato Nigro, investigador asociado.

Como cada donación depende de una norma municipal, la decisión de mantener o interrumpir la práctica corresponde a alcaldes y concejales, mientras el Ministerio Público y el Poder Judicial pueden impugnar las transferencias ya realizadas. El observatorio afirma que usa las evidencias que produce en una actuación jurídica e institucional, una de sus frentes de trabajo junto con el monitoreo y la investigación.

Lo que muestra el levantamiento:

  • 4.802 normas municipales en Brasil transfieren la propiedad o el uso de inmuebles públicos a instituciones religiosas, entre 1995 y 2025.
  • 2.162 de ellas (45%) prevén un uso exclusivamente religioso y fueron clasificadas como inconstitucionales por el OEL.
  • Para el observatorio, esos casos configuran financiamiento público de cultos, prohibido por la Constitución de 1988.

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