El Ministerio Público del Trabajo (MPT) de Brasil presentó una acción civil pública contra el empresario Luciano Hang, dueño de la cadena de tiendas Havan, en la que pide 30 millones de reales de indemnización por daño moral colectivo por presunto acoso electoral. La causa tramita en la Justicia del Trabajo de Goiânia, en el centro del país. Para el órgano, se trata de un segundo caso del mismo tipo: en 2018 ya demandó a Hang y a Havan por manifestaciones políticas ante empleados durante aquella campaña.
El caso se originó en un discurso de Hang el 29 de agosto, en la inauguración de una tienda Havan en Caldas Novas, en el estado de Goiás, en el que criticó la propuesta de eliminar el turno 6x1, seis días de trabajo y uno de descanso, para los contratados del nuevo local. El video del discurso circuló ampliamente en redes sociales, según InfoMoney. "Ustedes van a tener que buscar otro empleo. Un subempleo. (...) Esto no es nada más ni nada menos que una estafa electoral. Ellos quieren ganar el voto de ustedes en octubre", afirmó Hang, según la transcripción hecha por el MPT.
Antes de acudir a la Justicia, el MPT notificó al empresario por lo que consideraba una posible irregularidad. Para los fiscales, el discurso asoció el voto de los empleados en las elecciones de octubre con una pérdida personal: quien apoyara candidatos favorables al fin del turno 6x1 podría quedarse sin trabajo.
Las peticiones
Además de los 30 millones de reales por daño moral colectivo, el MPT pide una indemnización individual no inferior a 20 veces el último salario para cada empleado afectado. También solicita que Hang grabe, en un plazo de 48 horas, un video de retractación y que Havan libere a los trabajadores el 4 y el 25 de octubre, fechas de la primera y la segunda vuelta de las elecciones generales brasileñas, sin descuento salarial. La demanda pide además prohibir nuevas manifestaciones políticas en tiendas y eventos de la cadena y crear un programa permanente de neutralidad político-electoral. El órgano quiere que la Justicia del Trabajo de Goiânia determine las medidas y reconozca la responsabilidad de la empresa y del empresario por las conductas señaladas.
El MPT sostiene que la acción apunta al contexto del discurso, pronunciado por un empleador en un evento interno dirigido a empleados, y afirma que no busca silenciar al empresario.
"Lo que separa el ejercicio legítimo de la libertad de expresión de lo ilícito no es el contenido de la opinión, sino la presencia del elemento coercitivo y la asimetría de poder inherente a la relación de empleo. Los directivos representan institucionalmente a la empresa y sus manifestaciones se leen de forma natural como orientación, presión o favorecimiento", escribieron los fiscales en un comunicado del órgano.
Cronología y próximos pasos
La secuencia hasta ahora: el discurso del 29 de agosto, la notificación del MPT enseguida y, sin acuerdo, la demanda presentada esta semana. El caso repite el guion de 2018, cuando el MPT llevó a la Justicia un episodio similar con Hang y Havan en la elección ganada por Jair Bolsonaro, el candidato que Hang apoyó. Según el Ministerio Público Federal, citado por g1, el acoso electoral puede constituir un delito previsto en el Código Electoral brasileño y también caracterizar abuso de poder económico. El propio g1 informa que el MPT ya recibió 223 denuncias de este tipo en 2026.
Por ahora, la demanda representa solo la acusación presentada por el MPT y todavía debe ser analizada por el juez. No aparece respuesta pública de Hang o de Havan en los reportajes consultados. El siguiente paso es la decisión de la Justicia del Trabajo de Goiânia sobre las medidas pedidas, que los fiscales quieren vigentes antes de la primera vuelta, el 4 de octubre.