El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil aplazó este jueves (27) la reanudación del juicio que debe definir si existe vínculo laboral entre conductores y repartidores y las plataformas digitales, una disputa conocida en el país como "uberización". Según el diario Correio do Povo, el pleno dio prioridad al inicio del juicio sobre un trecho del Marco Civil de Internet, la ley que regula la red en Brasil, y el análisis de los casos de las aplicaciones quedó para una sesión futura, que será fijada por la presidencia del tribunal.
La decisión del Supremo servirá de orientación para toda la Justicia y puede afectar a unos 1,7 millones de trabajadores vinculados a plataformas y aplicaciones de servicios, según G1. Más de 10.000 demandas tramitan en el país a la espera de una posición de la Corte. Está en juego si empresas como Uber, 99 e iFood deberán registrar a conductores y repartidores bajo las reglas de la CLT, la legislación laboral consolidada de Brasil.
Cronología del caso
- 1 de octubre de 2025: el juicio comienza en el pleno, con los alegatos orales de las partes, y queda suspendido antes de los votos, según Agência Brasil.
- 29 de mayo de 2026: el presidente del STF, el ministro Edson Fachin, fija la reanudación para el 24 de junio, según Correio do Povo.
- 24 de junio de 2026: la sesión se aplaza tras un pedido del Ministerio Público del Trabajo (MPT) y de la Defensoría Pública de la Unión (DPU).
- 26 de agosto de 2026: el sitio jurídico Migalhas informa que Fachin cambió el orden del día y que los casos de vínculo con aplicaciones no abrirían la sesión del jueves.
- 27 de agosto de 2026: el pleno inicia el juicio del Marco Civil de Internet y aplaza nuevamente el análisis de la "uberización".
En el orden del día hay dos recursos de plataformas contra decisiones de la Justicia del Trabajo que reconocieron vínculo laboral. El primero es de Uber contra un entendimiento del Tribunal Superior del Trabajo (TST), relatado por Fachin. El segundo es de Rappi contra una decisión del Tribunal Regional del Trabajo de la 3ª Región, en Minas Gerais, que reconoció el vínculo de un motociclista de reparto, caso relatado por el ministro Alexandre de Moraes, según Agência Brasil.
Qué alega cada parte
Los trabajadores afirman que existe supervisión de las plataformas y que siguen el comando del algoritmo, que define precio, ruta, clasificación y bloqueo, lo que, en su visión, caracteriza una relación de empleo. La Justicia del Trabajo ha entendido que las aplicaciones de transporte y reparto ejercen la actividad principal de empresas de transporte o logística.
Las empresas sostienen que hacen la intermediación de la prestación de servicios y que no hay subordinación a la plataforma, ya que los trabajadores definen horarios y viajes. Uber afirmó ante el Supremo que es una empresa de tecnología, y no del sector de transportes, y que el reconocimiento del vínculo altera la finalidad del negocio y viola el principio constitucional de la libre iniciativa, según Agência Brasil. Rappi alegó que las decisiones laborales desrespetaron precedentes de la propia Corte contrarios al reconocimiento de una relación de empleo formal con los repartidores.
La Procuraduría General de la República (PGR) envió un dictamen contrario al reconocimiento del vínculo. La Abogacía General de la Unión (AGU) defendió protección contractual para los trabajadores dentro de un ambiente de innovación tecnológica, y el MPT pidió que el vínculo se analice caso por caso, además de la creación de un piso mínimo de derechos, según G1.
Salidas en discusión
En los bastidores, según G1, manifestaciones públicas y decisiones individuales indican que habría mayoría en el Supremo para rechazar el vínculo laboral. Los ministros discuten, sin embargo, una tesis intermedia que reconozca protecciones mínimas, como piso remuneratorio, límite diario de horas de conexión, recaudación de contribuciones previsionales y seguro de vida. Fachin ha dicho que la Corte necesita dar una respuesta al tema ante el impacto social del caso y construir una solución equilibrada y sensible, que garantice la protección de los trabajadores y comprenda las nuevas herramientas de trabajo.
El debate incluye el recientemente aprobado Convenio 193 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), considerado el primer pacto global sobre plataformas digitales. La norma fija parámetros mínimos como libertad sindical, derecho a la negociación colectiva, condiciones seguras y saludables de trabajo y remuneración compatible con los estándares mínimos de cada país.
Con el aplazamiento, el próximo paso procesal es la inclusión de los procesos en una nueva sesión del pleno, que será marcada por la presidencia del STF; hasta la noche del jueves no se había anunciado una nueva fecha. Cuando el juicio se reanude, el primer voto será el del relator Edson Fachin, y los demás ministros podrán acompañarlo, disentir o pedir más plazo para analizar el caso.